De acuerdo con la directiva (UE) n.º 531/2012, a partir del 01.07.2014 tendrá la posibilidad de elegir servicios de roaming regulados prestados por proveedores alternativos de roaming en redes de telefonía móvil públicas terrestres de la Unión Europea, incluyendo Liechtenstein, Islandia y Noruega.
Para poder emplear un proveedor de roaming alternativo en un país extranjero de la UE deberá formalizar un contrato adicional con dicho proveedor. El cambio a un proveedor de roaming alternativo lo puede realizar el cliente de manera gratuita y en cualquier momento. Las obligaciones contractuales nacionales con Ortel Mobile GmbH no variarán.